Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano JOHAN JOSÉ CASTILLO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.776.438, asistido por la abogado MARÍA FERNANDA ALVARADO DE VIGNATI, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nro. 55.615, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Lara, en contra de la empresa LA CASA DEL CELLULAR Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el N° 58, Tomo 9-B, de fecha 13-08-2002.