PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de calificación de despido intentada por el ciudadano GIOVANNI ALBERTO ESPOSITO FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.842.371, en contra de la empresa PASTEURIZADORA MOTATAN, C.A. (PASMOCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 29 de Mayo del 2000, anotado bajo el Nro. 41, Tomo 122-A.-;
SEGUNDO: Se condena en costas al demandante por haber resultado totalmente vencido.
TERCERO: Se deja constancia que la presente decisión fue dictada dentro de la oportunidad establecida en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, Miércoles, 02 de Marzo de 2005. Años: 194° de la Independencia y 14.....