Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre el ciudadano JAIME GODOY, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 11.131.734, en contra de Sociedad de Hecho FINCA LA NUEVA GRACIA. Así se decide.-