PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por concepto de daño moral intentada por el ciudadano MARTÍN ANTONIO GUTIÉRREZ PIÑA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 7.330.540, contra BANCO PROVINCIAL S.A, BANCO UNIVERSAL, Inscrita por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 30/09/1952, bajo el N° 488, Tomo 2-B, cuyos estatutos modificados están contenidos en un solo texto, según se evidencia en asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08/11/1995, bajo el N° 52, Tomo 340-A Pro.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se advierte a las partes que el lapso de apelación comenzará a correr a partir de la publicación del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
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