HOMOLOGADA en los términos expuesto en la motiva del fallo, la transacción celebrada entre el Abogado MAURO ANTONIO ROJAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 95.714, apoderado judicial del accionante ELISAUL ORLANDO SANTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.088.252, y la parte demandada la Sociedad Mercantil WEST CONSTRUCCIONES C.A, antes identificada, se representada en todo momento por su apoderada judicial ciudadana BETTSIMAR BARRIOS, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 79.785,. Así se decide.-
Por consiguiente, vista la conciliación, la cual es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; por cuanto dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; por cuanto los acuerdos alcanzados no son contrarios.....