este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA en los términos expuesto en la motiva del fallo, la transacción celebrada entre la ciudadana ISABEL CRISTINA JORDAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 15.448.783, Asistida en este acto por el abogado en ejercicio JIMMY RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 138.600, en contra de la sociedad mercantil POLLO SABROSO C.A., representado por sus apoderados judiciales LUIS GONZALEZ Y HERMES TOMAS BARRIOS, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 19.338 y 10.365, respectivamente.