El Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: PRIMERO: Desistida la Acción por Cobro de Prestaciones Sociales intentada por los ciudadanos RAMON BONIFACIO CRESPO CARRASCO y AMILCAR JAVIER CAMACHO OLARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-10.766.112 y V-16.769.344, respectivamente, en contra de COOPERATIVA ARCANGEL 320 R.L. y JUAN FRANCISCO ESCALONA ALVAREZ. Así se decide.SEGUNDO: No hay condenatoria a costas de conformidad con lo establecido en el Articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.-