La incomparecencia de la codemandada (JM SECURITY C.A.) a la audiencia preliminar, además de la omisión de ambas de presentar el escrito de contestación, dentro del lapso correspondiente, provoca la presunción de admisión sobre los hechos prevista en los artículos 131 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por lo expuesto, las demandadas están incursas en dos supuestos de confesión, que se aplicarán siguiendo los criterios de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, esto es, verificando que la pretensión no sea contraria a Derecho; con el examen de las pruebas; y la aplicación de los los principios establecidos.