Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE Parcialmente con lugar las pretensiones de los actores y se condena a la demandada a pagar al trabajador RENE QUINTERO LA CANTIDAD DE Bs. 4.182,84; al trabajador ROSO RAFAEL BRACHO la cantidad de Bs. 11.391,78; al trabajador ALIRIO ALEXANDER ROSALES la cantidad de Bs. 11.313,94; y al trabajador MARINO JIMENEZ la cantidad de Bs. 7.766,10, cantidades adaptadas al régimen monetario vigente y lo que determine la experticia complementaria del fallo.