Se declaró:
PRIMERO: Sin lugar las indemnizaciones por la incapacidad parcial y permanente demandadas, ya que no consta en autos calificación alguna por parte de los órganos administrativos del trabajo con competencia en la materia.
SEGUNDO: Con lugar la indemnización por daño moral y se condena a la demandada a pagar al demandante: (1) por el dolor sufrido antes de la operación y posteriormente durante la convalecencia la cantidad de tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00); (2) tomando en consideración su edad, también se condena a la demandada a pagar al trabajador la cantidad de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00), que se considera suficiente para que obtenga ayuda psicológica, orientación ocupacional en su nueva situación física y realice cursos de capacitación adecuados, y (3) más lo que resulte de la experticia ordenada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento recíproco de esta decisión.