Respecto a la responsabilidad de los terceros, como han comparecido al proceso para defender sus legítimos, personales y directos derechos en la presente causa; han coadyuvado la posición de la parte demandada, inclusive oponiendo defensas perentorias (prescripción); haciendo alegatos sobre el fondo de la controversia (excepción de pago) y sobre la procedencia de los conceptos demandados, asumiendo la posición procesal del empleador, también son responsables ante el trabajador por los derechos laborales específicos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 52 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.