Del acuerdo transaccional presentado, se evidencia que las partes reconocieron algunos conceptos adeudados, pero no se demostró los días domingos y feriados trabajados, que por ser conceptos extraordinarios, era carga de lo actores probarlos, por lo que luego de revisar las cantidades, convienen que la deuda es de Bs. 12.000,00 para cada trabajador, pagado en el mismo acto mediante cheque a nombre de cada demandante, acuerdo en el que se encuentran incluidos todos los derechos irrenunciables del trabajador comprendidos en la Ley Orgánica del Trabajo. Así se establece
En virtud de la aceptación de los demandantes, en el pago ofrecido por la demandada y aclarados los puntos controvertidos, este Tribunal procede a homologar la transacción celebrada entre las partes por cumplir los extremos de Ley, ya que una vez analizados los puntos se observó el cumplimiento de las prestaciones irrenunciables de todo trabajador. Así se decide.