Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:PRIMERO: Sin lugar la responsabilidad demandada con respecto a la CANTV y con lugar la responsabilidad solidaria entre las codemandas ORGANIZACIÓN CONSULTORES S.C., y RECURSOS OUTSORSING C.A. en los términos que se expresaron en la parte motiva de esta decisión que se da aquí por reproducida.SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar la demanda y se ordena a las codemandadas ORGANIZACIÓN CONSULTORES S.C., y RECURSOS OUTSORSING C.A. a pagar los conceptos señalados en la parte motiva más lo que resulte de la experticia complementaria que se ordenó a los fines de cuantificarlos.TERCERO: Por el vencimiento parcial, no hay condenatoria en costas