Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PRIMERO: Con lugar la prescripción de las pretensiones del actor alegada por la parte demandada; y por lo tanto, sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales.SEGUNDO: No hay condenatoria en costas porque la parte actora alegó ingresos inferiores a tres salarios mínimos, con fundamento en lo que establece el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.