Para resolver los restantes aspectos del libelo, debe tomarse en consideración que los codemandados están incursos en varios supuestos de admisión sobre los hechos previstos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT): Por incomparecencia a la prolongación de la audiencia preliminar (Artículo 131); por falta de contestación de la demanda (Artículo 135) y por incomparecencia a la prolongación de la audiencia de juicio (Artículo 151); que se aplicarán siguiendo los criterios de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, esto es, verificando que la pretensión no sea contraria a Derecho; con el examen de las pruebas.principios: