Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 29 de abril de 2005, por la ciudadana LILA CAMACHO, abogado en ejercicio inscrita en el IPSA bajo el N° 63.743, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadanos MARIA EUGENIA RODRIGUEZ PEREZ, JOSE GREGORIO GUTIERREZ NIETO y ROMER ELIEZER ALVAREZ GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidades N° V-7.439.702, 9.990.819 y 10.723.832, respectivamente y de este domicilio, contra la sentencia proferida por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 22 de abril de 2005. En consecuencia se declara DESISTIDO el procedimiento y TERMINADO el proceso.