En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el acuerdo celebrado entre los abogados ANTONIO BENITO MARCANO Y DANIEL MENDEZ, en su condición de apoderados judiciales de la accionada y de los demandantes, respectivamente, en virtud del cual las partes de mutuo acuerdo convinieron en: "El representante de la empresa demandada propone a la parte actora, pagar por los concepto reclamados en el presente juicio por los ciudadano MERLYS ALICIA PEREZ, YENNY DEL CARMEN LUCENA Y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ, la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 8.000.000,oo), que serán honrados el día 29 de septiembre de 2005 de lo cual deberá dejarse constancia en el expediente. Queda entendido, que con el pago de la cantidad antes referida, la parte demandada nada adeuda a los demandantes .....