Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre los ciudadanos: FRANCISCO JOSE CABRERA TONA, plenamente identificado, a titulo personal y en nombre y representación de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA 50.105 C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el Nro. 12, Tomo 21-A, de fecha 12 de mayo de 1998, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.082.847, debidamente asistidos por la abogada CARMEN MONTILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.784 y la ciudadana LIGIA GARAVITO, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil PEPSI COLA DE VENEZUELA C.A., identificada up supra, en virtud del cual las partes de mutuo acuerdo convinieron en: Como consecuencia de los resultados obtenidos en la presente Mediaci.....