Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 03 de febrero de 2005, por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado JESÚS PIÑERUA DE LIMA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 27 de enero de 2005. En consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano EDGARD CLAVO MIQUILARENA, plenamente identificado en autos, en contra de la empresa ABRACOL VENEZUELA C.A, debidamente identificada up supra. en consecuencia, se ORDENA a la empresa demandada pagar al trabajador actor los siguientes conceptos: Por concepto de días feriados, sábados y domingos la cantidad de B. 1.727.506,.....