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Decisiones del dia 04/03/2004

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-O-2004-08 N° Sentencia : Fecha: 04/03/2004
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
PRIETO CRUDELI CONTRA JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO EN RÉGIMEN TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Resumen:
Se declara: CON LUGAR LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto en fecha 18 de enero de 2004 por el ciudadano Prieto Crudeli, italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 81.984.633; procediendo con el carácter de Presidente de la firma mercantil Frío Box, C .A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda anotada bajo el N° 112, tomo 26-A, de fecha 21 de abril de 1981 e inscrita en el Registro Mercantil del Estado Lara en fecha 22 de mayo de 1986, anotada bajo el N° 09, Tomo 2-E, e igualmente Presidente de Criotek, C.A inscrita en el Registro Mercantil del Estado Lara en fecha 29 de agosto de 2000, bajo el N° 37, Tomo 35-A, en contra de los autos dictados en fechas 21 de mayo de 2.001 por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con ponencia de la Juez Ana Morella Colmenares y en fecha 03 de diciembre de 2002 p.....
Juez/Ponente:
Alejandro David Yabrudy Fernández
Organo:
Juzgado Superior del Trabajo
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N° Expediente : KP02-R-2004-000103 N° Sentencia : Fecha: 04/03/2004
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
LORENZO FELIX CONTRA AGROISLEÑA, C.A
Resumen:
"En síntesis, puede afirmarse que la garantía constitucional de la defensa en el proceso, radica en la posibilidad, normativamente tutelada, de obrar y controvertir en los procesos en que estén involucrados sus intereses en concreto. En consecuencia, estamos en presencia de un supuesto de indefensión cuando en determinado procedimiento judicial, se le produce un daño directo e inmediato a un sujeto de derecho sin habérsele permitido el ejercicio de su derecho de contradicción, esto es, sin habérsele informado claramente de la fecha en la que debía realizar la actividad probatoria a que hubiere lugar, omitiendo los lapsos preclusivos dentro del proceso, entre otras cosas."
Juez/Ponente:
Alejandro David Yabrudy Fernández
Organo:
Juzgado Superior del Trabajo
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