Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 27-07-07, por el abogado César Igor Brito D´Apollo, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 19-07-07, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. En consecuencia, SE DECLARO SIN LUGAR LA DEMANDA por resolución de contrato de venta con reserva de dominio, interpuesta por CASA PROPIA, ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., contra el ciudadano ROGER EDUARDO CASANOVA MUJICA. QUEDÓ así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha en fecha 19 de julio de 2007, por el juzgado de la causa. Se condenó en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en los artìculos 274 y 282 del CPC.