Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de noviembre de 2006, por la ciudadana Nuris del Valle Mújica, en su condición de parte solicitante, contra el auto de fecha 20 de noviembre de 2006, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en la solicitud de declaración de únicos y universales herederos, interpuesta por la ciudadana Nuris del Valle Mújica Rodríguez, quien actúa en su propio nombre y en representación de sus hermanos José Gregorio Mújica Rodríguez, José Daniel Rodríguez, Simón Alfredo López, en su condición de hijos legítimos, de la ciudadana Maria Antonio Rodríguez Gallardo. Se declaró INADMISIBLE la solicitud .Quedó así CONFIRMADO el auto apelado. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.