Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTOARIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 26-10-05, por el abogado Antonio Luis Castillo, contra el auto del 19-10-05, proferido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio de Nulidad de las Asambleas Extraordinarias de accionistas de la sociedad mercantil Martiniano, C.A., realizadas en fecha 18-05-02 y el 30-07-04, incoado por los ciudadanos José Gregorio Ramos Caruci y Lisbeth Ramos Caruci, contra el ciudadano Martiniano Rafael Ramos Caruci, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil Martiniano, C.A. y los ciudadanos Hermes Ramos Caruci, María Adela Caruci (viuda de Ramos) y Mariela Ramos Caruci. Se negó la medida preventiva solicitada. QUEDO RATIFICADO el auto dictado del 19 de octubre de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. Se condenó en costas al apelante.