Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 29 de julio de 2009, por el abogado José Jaime González Hernández, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 22 de julio de 2009, en el juicio de partición, interpuesto por el ciudadano Rafael Ramón Pabon, contra la ciudadana Erika Milagro Alvarado. Queda asÍ CONFIRMADO EL AUTO dictado en fecha 22 de julio de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.