Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, declarando CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada TAMAR GRANADOS IZARRA, en su condición de Juez Segunda de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en la causa Nro. KP02-M-2002-000430, referente al juicio por COBRO DE BOLIVARES incoado por el ciudadano Nelson Ricardo Couri Cano, contra la firma mercantil Maquin C.A.