Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró con lugar la inhibición planteada por la Abg. Tania M. Pargas Canelón, en su condición de Juez Suplente Especial del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del estado Lara, en el asunto N° KP02-V-2006-000554, referente al juicio por fraude procesal interpuesto por la firma mercantil DRILO TOO, C.A., representada por su presidente, ciudadana MARIE JULIE PULGAR QUINTERO, contra los ciudadanos ANGELO SPADARO Y WILLIAM SPADARO.