Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 31 de mayo de 2010, por la abogada Andreina Rodríguez Reynoso, en su condición de apoderada judicial del Instituto Nacional de Tierras, contra el auto dictado en fecha 26 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio de acción reivindicatoria, interpuesto por la ciudadana Marlene Josefina Mendoza Pérez, contra el ciudadano Adelso Ramón Rincones. No hay condenatoria en costas del presente recurso, por la naturaleza de la presente decisión.