Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 28 de noviembre de 2005, por el abogado Luis Pérez en su carácter de Defensor Ad-Litem del ciudadano Leonel Barrios, contra la sentencia dictada en fecha 29 de julio de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró INADMISIBLE la acción de Rendición de Cuentas, incoada por el ciudadano Francisco Pastor García Escalona, contra el ciudadano Leonel Barrios, en consecuencia se repuso la causa al estado que se encontraba para antes de ser admitida la presente acción. Queda así ANULADA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas,dada la naturaleza de la presente decisión.