Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se DECLARA NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO ALGUNO, respecto a la inhibición planteada por el abogado Oscar Eduardo Rivero López, en su condición de juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto signado KP02-T-2010-000057, referente al juicio por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, seguido por la ciudadana Rebeca Abigail Aldana, contra la Sociedad Civil Ruta 1 y el ciudadano Luís Antonio Herrera.