Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 31 de marzo de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de bolívares vía intimación, interpuesta por el abogado JOSE JAIME GONZALEZ HERNANDEZ, en su condición de endosatario en procuración de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE PRENSA, S.A. (DISPRENSA), contra el ciudadano FREDIS GREGORIO TORCATES. Quedó así CONFIRMADA la sentencia apelada. Se condenó en costas a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.