Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declararon SIN LUGAR, los recursos de apelación interpuestos en fechas 07 de octubre de 2009, por las abogadas Karla Milito Montes de Oca, y Luisa Coromoto Escalona Pérez, apoderadas judiciales de los co-demandados; CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de octubre de 2009 (f. 270), por los abogados Anibal Palacios y Juan Carlos Rodríguez, apoderados judiciales de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 21 de septiembre de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, la cual QUEDA REVOCADA. Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.