Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 29 de febrero de 2016, por el abogado Cesar Alberto Quiroz Sepulveda, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Alcides Ramón Escobar Luque, en su condición de accionista de la sociedad mercantil Hotelera Alto Llano, C.A., parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 18 de febrero de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual declaró con lugar la oposición a las medidas innominadas, planteada por los ciudadanos Ramón Alexander Escobar Luque y Orangel del Carmen Angarita, debidamente asistidos de abogado, en su carácter de accionistas y administradores de la sociedad mercantil Hotelera Alto Llano, C.A., todos plenamente identificados. SIN LUGAR la oposición formulada por la parte demandada, Sociedad Mercantil Hotelera Alto Llano C.A., representa.....