Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA DECLARANDO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN , interpuesto en fecha 20-07- 2004, por el abogado Francisco Alberto Hernández D., contra la sentencia dictada el 07-07-04, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de estado Lara, en la INCIDENCIA DE TACHA DE DOCUMENTO PRIVADO, propuesta por el abogado Francisco Alberto Hernández Díaz, en su condición de apoderado judicial de la empresa Inversiones y Construcciones Heyberth, en el juicio de Cobro de Bolívares incoado por la ciudadana ALICIA PASTORA LUCENA DE SILVA, contra la precitada empresa., seguido ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. Se declara la TERMINADA la incidencia de tacha, de conformidad con lo establecido en el artículo 440 del Código de Procedimiento Civil. Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas.