Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 11-05-06, por el abogado HUGO EDUARDO JIMENEZ P., apoderado actor, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 08-05-06, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en la acción mero declarativa interpuesta por el ciudadano YORMAN JOSE VALERA. Quedó CONFIRMADA la decisión dictada en fecha 08-05-06, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. No hay condenatoria en costas.