Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 26 de mayo de 2010, por el ciudadano Olexis Aleidy Pérez Romero, asistido por la abogada Rosa Virginia Suárez, en su carácter de tercero opositor, contra el auto dictado en fecha 24 de mayo de 2010, por el Juzgado Segundo de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por cobro de bolívares, incoado por el abogado Elías Humberto Carrillo Romero, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano Vicci Santiago Sosa Morena, contra el ciudadano Fidencio Pérez Yaguas. QUEDO ASÍ CONFIRMADO el auto dictado en fecha 24 de mayo de 2010, por el Juzgado Segundo de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condenó en costas al apelante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.