Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA mediante la cual se DECLARO CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de abril de 2007, por el abogado Onéximo Garnica Prato, en su condición de apoderado judicial de la empresa Covencaucho Industrias S.A., parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de marzo de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, SE DECLARA CON LUGAR EL DERECHO de los abogados Miguel Adolfo Anzola Crespo, José Antonio Anzola Crespo y Lenín José Colmenárez Leal, de cobrar honorarios profesionales hasta el treinta por ciento (30%) del valor de lo litigado y no de lo estimado en el libelo de demanda. Queda así MODIFICADO el fallo apelado. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.