Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de noviembre de 2009, por las ciudadanas Maria Saturnina Sosa y Maria Teresa Colmenarez, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 13 de noviembre de 2009. En consecuencia, se DECLARO INADMISIBLE la querella interdictal de restitución por despojo, incoada por el ciudadano OSCAR EDWIN VERA DATICA, contra los ciudadanos MARÍA SATURNINA SOSA ARGUELLES, ELIO ALBERTO SOSA ARGUELLES, MARIA TERESA COLMENAREZ ALMELLA Y LUIS ALEJANDRO MENDOZA. Quedó así ANULADA la sentencia apelada.