Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 08 de junio de 2006, por el abogado Gustavo Alfonso Cardozo, apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 07 de junio de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio de simulación interpuesto por el ciudadano RAMÓN EFRAÍN BUSTAMANTE GUERRERO, actuando en su propio nombre y en representación de su cónyuge ciudadana MARÍA COROMOTO MELÉNDEZ DE BUSTAMANTE, contra el ciudadano RAMÓN EFRAÍN BUSTAMANTE MELÉNDEZ. QUEDO ASÍ CONFIRMADO el auto dictado en fecha 07 de junio de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condenó en costas al apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.