Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 12 de enero de 2010, por el abogado Zalg Salvador Abi Hassan, contra el auto dictado en fecha 14 de diciembre de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio de desalojo interpuesto por la firma mercantil CENTRO COMERCIAL CIUDAD CREPUSCULAR, C.A., contra la empresa AUTO EXPRESS, C.A., QUEDO así REVOCADA la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas del recurso, en razón de haberse declarado con lugar el recurso.