Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO CON LUGAR EL RECURSO DE REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA, interpuesto en fecha 21 de septiembre de 2006, por los abogados Manuel S. Caruci y Carlos Villadiego, apoderados del demandado, contra la decisión dictada en fecha 18-09-2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por Cobro de Bolívares, incoado por la Procuraduría General del estado Lara, contra la empresa mercantil C.M.Q. C.A. Se declaró CON LUGAR la cuestión previa opuesta y se declaró la competencia del JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL. Quedó así REVOCADA la decisión impugnada y REGULADA la competencia por la materia. No hay condenatoria en costas. Se ordenó remitir el expediente.