Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Edgar Ernesto Cordero contra actuaciones del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.