Seguidamente la Parte Actora señala para Embargar Ejecutivamente los siguiente bienes: La Cantidad de Un Mil Trecientos (1300), Acciones que tienen y posee el ciudadano Carlos Alberto Rocha, en la firma Mercantil "Agropecuaria Rocha-Perez" y la cantidad de Seiscientas Cincuenta (650), Acciones que tiene que tiene u posee la Ciudadana Faela Perez de Rocha, en su carácter de cónyuge del ciudadano Ruperto Rocha (difunto). Cada Acción con un valor nominal Un Bolívar Fuerte (1,00Bsf), Siendo un Total de Un Mil Novecientos Cincuenta Bolivares Fuertes (1.950 Bsf). Seguidamente en este estado se hace presente el ciudadano: Carlos Alberto Rocha, Titular de la cedula de identidad N° V- 7.985.372 asistido en este acto por el Abogado en ejercicio Macias Jose Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.839, quien expone: Convengo en pagar a la parte actora el monto total en bolivares Cuarenta y Nueve Mil Ciento Veintiséis (49.126 Bsf) de la siguiente manera: 1) La cantidad de Veinticinco Mil Boliva.....