Para el momento de la constitución del Tribunal la vivienda objeto de la medida se encuentra cerrada, motivo por el cual el Juez procede Hacerlos toque en la puerta que ordena la ley y no obteniendo respuesta alguna a su llamado procede a asignar y juramenta en la condición de cerrajero: al ciudadano: Franklin Meléndez, titular de la cédula de identidad Nº V-5.925.686, a quien el Tribunal le tomó el juramento de Ley y juró cumplir fiel y cabalmente con las obligaciones inherentes al cargo; posteriormente se procedió a abrir la puerta de acceso a la vivienda encontrandose libre de personas, pero con algunos bienes muebles. En este estado el Tribunal designa, en el cargo de Depositaria Judicial a la ciudadana: María Elena Montes de Oca, titular de la cédula Nº V-5.932.458, quien aceptó y juró cumplir fiel y cabalmente con las funciones y obligaciones inherentes al cargo el cual fue asignada. Y a quien el Tribunal procede de hacer entrega bajo inventario de los siguientes bienes mueble.....