éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante MIGUEL MARIA MORILLO CASTRO, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos NERIA ENEDINA PIÑANGO de MORILLO, MIRTA MACARENA MORILLO PIÑANGO, MIGUEL SEGUNDO MORILLO PIÑANGO, MERY YASMILA MORILLO PIÑANGO, EDDYS ASDRUBAL MORILLO PIÑANGO, MARIA TERESA MORILLO de JAIMES, YASMILA ACIELA MORILLO de ARAUJO, CARLOS JOSE MORILLO PIÑANGO, CARLOS ANDRES MORILLO PIÑANGO, PABLO JOSE MORILLO PIÑANGO, JAIME LUIS MORILLO PIÑANGO , Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.380.334, 5.929.657, V- 5.937.528, V- 9.633.243, V- 9.633.250, V- 9.846.904, V- 11.699.849, V- 10.766.902. V- 10.766.903, V- 12.692.829, V- 15.674.202, respectivamente, quienes como tal concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a .....