Por las razones arriba expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por el ciudadano FELICIANO ANTONIO BARCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.239.622, representado por el Abogado en ejercicio LUIS GERARDO PEREIRA CASTILLO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 158.740, de este domicilio, en contra del ciudadano CARLOS DAVID PIÑA NELO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 13.674.199, de este domicilio. Se condena en costas procesales a la parte demandante por haber sido totalmente vencida en la presente causa.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Dieciséis (16) días del mes de Enero del año Dos Mil.....