DECISIÓN.
Por todas las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, intentada por la ciudadana CARMEN MARINA HERRERA de HERRERA, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.323.061, y de este domicilio, actuando en su carácter de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil INVERSORA JOVI S.A. (JOVISA), inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, en fecha 23 DE Febrero de 1977, bajo el Nº 14, Tomo: 2-B de los libros de comercio que lleva dicha dependencia Registral y también en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSORA H COPACOA, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, en fecha 28 de noviembre de 2007, bajo el Nº 59, Tomo: 107-A de los libros de comercio que lleva dicha dependencia Registral, domici.....