REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Sanare, 08 de Junio de 2.012
Años: 202° y 153°
PARTES: ROBERT RAMON CORRALES FERNANDEZ Y MARIA EUGENIA SILVA LINARES
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SOLICITUD Nº: 1.224/12
Vista la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil venezolano, presentada por los ciudadanos ROBERT RAMON CORRALES FERNANDEZ Y MARIA EUGENIA SILVA LINARES, venezolanos, mayores de edad, casados, y titulares de las cedulas de identidad Nº 10.955.913 y 12.370.054 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado FRANK COLMENAREZ MARTINEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 108.690, en la que alegan ruptura de la vida en común por mas de CINCO (05) años. En dicha unión procrearon un (01) hijo de nombre ANGEL ROBERTO CORRALES SILVA, de veinte (20) años de edad. Acompañó acta de matrimonio en original, certificación de acta de nacimiento original de A.....