DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 520 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Pensión Alimentaria intentada por la ciudadana DEMANDANTE: YUSMARY ELIZABETH ESCALONA DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.578.260, domiciliada en la Urbanización Don Flore, Acceso 5, Nº G-12, Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara. En contra del ciudadano ANIBAL OSWALDO MARTINEZ TOVAR, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.094.058, domiciliado en la Calle 13 entre 13 y 14, Casa Nº 59, Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lara. BENEFICIARIA: XXXXXXXXXXXXXX.
En consecuencia este Tribunal ORDENA:
PRIMERO: Se fija como Obligaci.....