En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la Demanda de DESALOJO intentada por DEMANDANTE: GLADIS MARIA COLMENAREZ DE COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 3.757.987, domiciliada en Quibor, Municipio Jiménez Estado Lara. APODERADO JUDICIAL: MIGUEL SEGUNDO DUIN ESCALONA Y FRANLUIS LINARES, Abogados en ejercicios, inscrito en el IPSA Nºs 126.075 y 119.533 respectivamente, con domicilio procesal en la Avenida Florencio Jiménez, entre Avenida 7 y Avenida El Estadium, al lado del local comercial, Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lara. En contra del ciudadano DEMANDADO: JIANCHENG LIN, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-83.332.103, domiciliado en la avenida 7, con avenida El Estadio , Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara.
En consecuencia:
PRIMERO: Se ordena la entrega del inmueble .....