DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA EXTINCION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA POR FALLECIMIENTO DE LA PARTE OBLIGADA intentado por CARMEN ROSA BAEZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.592.940, domiciliada en Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara. PARTE OBLIGADA: JOSE JAVIER LUGO NUÑEZ (difunto), Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.127.555, domiciliado en el Barrio José Amado Rivero, Quibor Estado Lara.- domiciliado en Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lara. BENEFICIARIA: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx No hay condenatoria en costas. Expídase copia certificada de la presente sentencia para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, Sellada y refrendada en.....